Resolución N° 374/98 - Emisiones gaseosas derivadas de la incineración de residuos industriales, especiales y patogénicos.
Con el objeto de proteger el medio ambiente y la salud pública, la presente Resolución establece para los centros de tratamiento de residuos industriales, especiales o patogénicos, que generen efluentes gaseosos a la atmósfera y que utilicen el método de incineración, un plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la presente para la instalación de un equipamiento adecuado a las condiciones que se detallan.