La presente Ley del Estado de México establece disposiciones para lograr la adaptación al cambio climático, así como la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero. La misma debe aplicarse de conformidad con la Ley General de Cambio Climático. Entr los objetivos específicos de la Ley se contemplan los siguientes : a) garantizar derecho de toda persona a un ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar ; b) establecer las atribuciones de las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Estatal y de los Ayuntamientos, así como los relativos mecanismos de coordinación ; c) garantizar la participación corresponsable e informada de los habitantes del Estado de México, en forma individual o colectiva, en materia de cambio climático. La Ley introduce los principios generales que rigen la política estatal de cambio climático. Entre dichos principios se menciona el rol de las mujeres y los pueblos indígenas, la importancia de la educación y el principio de precaución (art. 21). La Ley se compone de cinco Títulos, a saber: I) Disposiciones generales; II) Autoridades competentes ; III) Política estatal en materia de cambio climático; IV) Educación, formación, transparencia y participación social; V) Inspección y vigilancia, medidas de seguridad y sanciones.
Decreto Nº 181 - Ley de Cambio Climático del Estado de México.